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Formatos de aprobación para evaluar la conformidad de NOM?s
de eficiencia energética
ACUERDO por el que se dan a conocer
los formatos que deberán usar los Interesados, para realizar el trámite de
aprobación de personas acreditadas para evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas de eficiencia
energética
ARTICULO ÚNICO.- Para conocimiento
de los interesados en aprobarse para evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas de eficiencia
energética se expiden los formatos para las solicitudes del trámite
CONAE-00-001 Aprobación de personas acreditadas para la evaluación de la
conformidad de normas oficiales
mexicanas de eficiencia energética, los cuales corresponden a las siguientes
modalidades:
CONAE-00-001A Solicitud de aprobación de laboratorios de pruebas;
CONAE-00-001-B Solicitud de aprobación de unidades de verificación;
CONAE-00-001C
Solicitud de aprobación de organismos de certificación; mismos que se
encuentran en el anexo del presente Acuerdo y cuyo uso será obligatorio en la
fecha de entrada en vigor del mismo.
TRANSITORIO
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al siguiente día después de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo por el que se dan a conocer
los formatos que deberán usar los interesados, para realizar el trámite de
aprobación de personas acreditadas para evaluar la conformidad de las Normas
Oficiales Mexicanas de eficiencia energética, publicado en el Diario Oficial
de la Federación
el 2 de agosto de 2004.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 10 de noviembre
de 2007.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación
y Uso Racional de los Recursos Energéticos y Director General de la Comisión Nacional
para el Ahorro de Energía, Juan Cristóbal Mata Sandoval.- Rúbrica1.
Documento completo Diario Oficial de la Federación, 2 de enero de 2008 (pdf)
Solicitud de aprobación:
Trámite en
línea
Formato
aprobación de organismos de certificación (pdf)
Formato aprobación de laboratorios de prueba
(pdf)
1 De acuerdo a lo establecido
en el Artículo Quinto Transitorio de “La Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía”,
cuando las leyes, reglamentos, decretos acuerdos u otros ordenamientos
jurídicos hagan mención a la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, la
referencia se entenderá hecha a la Comisión
Nacional para el
Uso Eficiente de la
Energía.
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