|
Integralidad
|
|
||
|
El
Programa de cada una de las dependencias y entidades de Inmuebles Campo de
aplicación Aplica para aquellos que cuenten con una superficie
construida igual o mayor a Definiciones
específicas aplicables a inmuebles
I.
Inmueble de oficina: Aquel edificio o conjunto de
edificios (en el mismo predio) destinados para uso de oficinas pertenecientes
a
II.
Superficie construida: Área o espacio construido,
delimitado por un perímetro que tiene envolvente estructural al menos en su
cara superior (techo) y no forzosamente en las caras laterales (paredes).
III.
Inmueble de otro uso: Aquel inmueble o conjunto de
edificios que no se clasifiquen como oficinas públicas.
IV.
Índice de Consumo de Energía
Eléctrica (ICEE):
Es la relación entre el consumo total de energía eléctrica facturada en un
año (en kWh/año) y la
superficie construida (m2), expresado en kWh/m2-año.
V.
Inmueble con acondicionamiento
de aire:
Inmueble que cuenta con más de 40% de superficie acondicionada respecto a la
superficie total construida. Campo de
aplicación Los vehículos automotores considerados para este
Programa, son los que se clasifican de la siguiente forma:
Definiciones
específicas aplicables a flotas vehiculares
I.
Flota vehicular oficial: Conjunto de vehículos automotores
del sector público que, bajo la administración de un responsable, se utilizan
para prestar diversos servicios de transportación.
II.
Tipo de vehículo: Características propias de un
vehículo automotor, destinado a una función específica de transportación.
III.
Marca: Nombre comercial del
fabricante o productor de un vehículo automotor.
IV.
Submarca: Denominación dada por el fabricante a un conjunto de
unidades automotrices que cuentan con las mismas especificaciones técnicas.
V.
Tipo de servicio: Son los diferentes servicios
de transportación a los que se asignan los vehículos oficiales
VI.
Operadores: Personas designadas para
conducir específicamente un vehículo automotor oficial, pero también se
incluyen a los funcionarios públicos que lo hacen por cuenta propia.
VII.
Combustible: Es la fuente de energía
necesaria para que un vehículo automotor pueda funcionar.
VIII.
Control del combustible: Es el proceso establecido por
los Administradores de Flotas para llevar a cabo la administración del
combustible que se asigna a los vehículos automotores oficiales.
IX.
Tipo de combustible: Son las diferentes alternativas
de combustibles derivados del petróleo que, de acuerdo a los requerimientos
del fabricante, utilizan los vehículos automotores para su correcta operación Campo de
aplicación Se aplica únicamente a las instalaciones de las
siguientes empresas paraestatales: Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de
Electricidad y Luz y Fuerza del Centro, en sus equipos de combustión en
fuentes fijas para el calentamiento de corrientes, producción de vapor o
fuerza motriz y generación de energía eléctrica en sus diferentes procesos. Definiciones
específicas aplicables a instalaciones
I.
Instalación: Proceso industrial dedicado a
la producción de energéticos que cuenten con sistemas de combustión de
fuentes fijas.
II.
Sistemas de combustión: Uno o más equipos que al
quemar combustible genera energía calorífica para proporcionar calentamiento
directo o energía motriz para rodar equipo mecánico. Para efectos de este Programa
los sistemas de combustión se clasificarán en: ·
Calderas ·
Calentadores a fuego directo ·
Turbinas a gas, y ·
Motores de combustión interna
III.
Combustibles: Material o materiales que al
arder producen energía manifestada en calor; los cuales pueden ser sólidos,
líquidos o gas.
IV.
Índice de consumo de energía: Es la relación del consumo de
energía de los combustibles de los sistemas de combustión, entre la actividad
específica o sustantiva de la instalación o del equipo.
V.
Potenciales de Ahorro de Energía: Es el resultado de comparar el
índice de consumo de energía de la condición actual de operación contra un
valor de referencia histórica del mejor comportamiento de una instalación,
sistema o equipo.
VI.
Metas de ahorro: Es el porcentaje de reducción
en el consumo de energía definido a partir de los potenciales que se
determinen del análisis de los índices de consumo energético.
VII.
Calentadores a fuego directo: Es un equipo aislado en la
cual el calor liberado por el quemado de un combustible es transferido a un
fluido de proceso que pasa a través de un serpentín tubular.
VIII.
Caldera: Es la serie de dispositivos
que aprovechando el poder calorífico de un combustible producen vapor que,
posteriormente, es utilizado como aportación de calor en los procesos o para
el movimiento de máquinas.
IX.
Eficiencia térmica de operación: Representada en porcentaje, es
la relación de la cantidad de energía que se transforma o aprovecha por algún
fluido entre la cantidad de energía que es suministrada por un combustible.
X.
Línea Base: Línea de tendencia o de uso mínimo
de energía operando a diferentes niveles de producción de la instalación. Instalaciones industriales de |
|
|
Fecha de actualización de información: 25/08/10 17:29:40 Autor: Alejandro Estrada
Río Lerma No. 302 Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc C.P. 06500, México D.F. - Tel. 3000-1000 -
Comentarios sobre este Sitio de Internet
COMISIÓN NACIONAL PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA - ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2010 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD